A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Rodriguez Rodriguez Julian Alexis Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Yopal, Casanare, y el Juzgado 004 Civil Municipal de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía presentada por el Instituto Financiero de Casanare (IFC), contra unos ciudadanos, para que se libre mandamiento de pago por la suma de dinero contenida en un pagaré que respalda una obligación, en mora.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que la demanda es resultado de una obligación en el marco de un contrato de mutuo celebrado con el IFC, documento que se anexó por la parte demandante junto con la demanda ejecutiva.
La Sala destaca que, el IFC es una entidad pública sometida al régimen de derecho privado en materia de contratación, pero no cuenta con la calidad de financiera y tampoco se encuentra vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por lo que sus actos o contratos no se encontrarían incursos dentro de la excepción del artículo 105.1 del CPACA.
Considera resolver con base en la regla de decisión del Auto 554/23, que asigna a la Jurisdicción ordinaria Laboral el conocimiento de la demanda ejecutiva, bajo los supuestos aquí verificados, es decir, se trate de controversias relacionadas con contratos celebrados por entidades públicas, siempre que estas no tengan el carácter de instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera y dichos contratos no correspondan al giro ordinario de sus negocios.
Ello, de conformidad con los artículos 104 y 105 del CPACA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Yopal, Casanare, y el Juzgado 004 Civil Municipal de Yopal, Casanare, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Yopal, Casanare, es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por el Instituto Financiero de Casanare (IFC) contra los señores Juan Alexis Rodríguez Rodríguez y Armando Rodríguez Burgos.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6810 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Yopal, Casanare, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente al Juzgado 004 Civil Municipal de Yopal, Casanare y a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.